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Presidencia Asamblea Municipal Poder Popular Cacocum

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Composición de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Cacocum
Presidenta AMPP Cacocum
 Vicepresidente AMPP Cacocum
Secretaria AMPP Cacocum
Mariela Cruz Herrera
Pedro Arcadio Figueredo Aguilera Emizaida Guillén Suárez
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 Teléfono: 24 327261 Teléfono: 24 327310 Teléfono: 24 327296
Móvil: -
Móvil: - Móvil: -
 
El municipio de Cacocum se encuentra situado en la parte sudoeste de la provincia de Holguín, limitando al norte con el municipio Calixto García, al sur con la provincia de Granma, al este con los municipios de Urbano Noris y Báguanos y al oeste con el municipio Calixto García. Cacocum cuenta con una extensión territorial de 662.12 Km2.

La Asamblea Municipal del Poder Popular se constituyó el 13 de Mayo de 2015. La dirección electa quedó integrada por: Mariela Cruz Herrera, presidenta; Ramón Aguilera Ávila, vicepresidente; y secretario, Ramón Suárez Javis. Como resultado del proceso electoral fueron reelectos 43 delegados, entre los que prevalece el color de la piel blanca, la integración a los CDR y CTC, en la defensa a las MTT; por ocupación laboral son mayoría los cuadros, dirigentes y funcionarios; el nivel escolar, medio superior; y la edad promedio, 46 años.

Nuestra organización cuenta con 2 diputados a la Asamblea Nacional, de ellos 1 delegado de base; 4 delegados a la Asamblea Provincial, de ellos 2 delegados de base. De los 75 delegados a la Asamblea Municipal fueron reelectos 43, y electos 32. Del total, 21 son mujeres y 54 hombres.

Según el color de la piel la composición de la Asamblea Municipal está conformada por 67 blancos, 4 negros y 1 mestiza.

La integración revolucionaria de la asamblea está compuesta por 42 militantes del PCC, 6 de la UJC, 65 de la CTC, 3 de la ANAP, 75 de los CDR, 2 de la FMC y 4 de la ACRC.

En cuanto a la ocupación laboral, los integrantes de la Asamblea son: 29 obreros, 23 técnicos, 6 administrativos, 8 maestros, 1 campesino, 2 trabajadores de la FAR y 6 jubilados.

El nivel de escolaridad se comporta de la siguiente manera: media básica 7, media superior 33 y superior 35.

La edad promedio es de 51 años; 11 delegados poseen de 16 a 35; 41 de 36 a 50; y 23 tienen más de 50 años.

La Asamblea cuenta con 6 comisiones de trabajo:
  • Comisión Económica
  • Comisión de Educación, Cultura, Deportes
  • Comisión de los Servicios, Transporte y las Comunicaciones
  • Comisión de Legalidad, Defensa y Orden Interior
  • Comisión de Construcción e Inversiones
  • Comisión Agroalimentaria, Comisión de Salud, Higiene y Medio Ambiente
 
Todas están vinculadas a las esferas de la vida económica y social, así como la de Órganos Locales. Se reúnen trimestralmente en pleno, para evaluar y coordinar acciones aprobadas en sus lineamientos y otros, de carácter temporal, indicados por el presidente. Los temas fundamentales que se tratan en las sesiones de la Asamblea son presentados por estas comisiones, las cuales funcionan con mayor sistematicidad, realizan estudios, investigan casos para ofrecer respuestas a la población, fiscalizan programas, dictaminan asuntos, entre otras. La Asamblea tiene jurisdicción sobre 9 Consejos Populares, de ellos 3 son urbanos (U) y 6 rurales (R), los cuales albergan a una población total de 41 588 habitantes en una extensión territorial de 662. 12 Km2.
 
Consejos Populares (U) y (R) No. de circunscripciones No. de Habitantes Extensión territorial (km2)
Cayo Cedro (R) 9 4 642 64.91
Cañada Ancha (R) 8 2 549 67.96
La Agraria (R) 10 4 522 54.45
Cacocum (U) 13 8 732 50.22
Fortuna (R) 5 1 263 115.27
Cupey (R) 5 663 74.50
Antonio Maceo (U) 9 6 641 55.01
Limpio Chiquito (R) 6 1 779 49.70
Cristino Naranjo (U) 10 4 764 49.71
 

 

La Asamblea Municipal del Poder Popular tiene las atribuciones siguientes:

  • Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado.
  • Elegir y revocar al presidente y al vicepresidente de la Asamblea.
  • Designar y sustituir al secretario de la Asamblea.
  • Revocar el mandato de diputados a la Asamblea Nacional y de delegados a la Asamblea Provincial del Poder Popular, que hayan sido elegidos por ese municipio, de acuerdo con lo establecido en la ley.
  • Realizar la elección constituyéndose en Colegio Electoral para cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional y de delegados a la Asamblea Provincial del Poder Popular, cuando sea convocada para ello conforme a la ley.
  • Ejercer la fiscalización y el control de las entidades de subordinación municipal.
  • Revocar o modificar los acuerdos y disposiciones de los órganos o autoridades subordinadas a ella, que infrinjan la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, los decretos, resoluciones y otras disposiciones dictados por los órganos superiores del Estado o que afecten los intereses de la comunidad, de otros territorios, o los generales del país, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptados en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado.
  • Adoptar acuerdos y dictar disposiciones dentro del marco de la Constitución y de las leyes vigentes sobre asuntos de interés municipal y controlar su aplicación.
  • Designar y sustituir a los miembros de su órgano de Administración a propuesta de su presidente.
  • Designar y sustituir a los jefes de las direcciones administrativas y de empresas pertenecientes a la subordinación municipal.
  • Determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas a su órgano de Administración.
  • Proponer la creación y organización de Consejos Populares, de acuerdo con lo establecido en la ley.
  • Constituir y disolver comisiones de trabajo.
  • Aprobar el plan económico-social y el presupuesto del municipio, ajustándose a las políticas trazadas para ello por los organismos competentes de la Administración Central del Estado, y controlar su ejecución.
  • Coadyuvar al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de producción y de servicios de las entidades radicadas en su territorio que no le estén subordinadas, para lo cual podrá apoyarse en sus comisiones de trabajo y en su órgano de Administración.
  • Conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que le presente su órgano de Administración y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos.
  • Atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado.
  • Fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país.
  • Conocer acerca de la atención y tramitación de las quejas y planteamientos formulados por los ciudadanos.
  • Cualesquiera otras que le otorguen la Constitución y las leyes.

 

 

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